Alquiler Moto de Agua

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Condiciones

Términos y condiciones del contrato de alquiler de la moto de agua

1º - ARRENDATARIO

Se considera, a todos los efectos de este contrato, como arrendatario y responsable de la moto acuática, al conductor de la misma, firmante de este contrato, con independencia de quien haya reservado y/o pagado el alquiler de la misma.

2º - ARRENDADOR

Se considera arrendador a Doña. GLORIA PAREJO TORRES con DNI 02256342L y domicilio en Avenida del Mar Menor N8, Mar de Cristal, Cartagena 30384 (Murcia).

3º - Alquiler - Duración

Los períodos de alquiler son de 1 hora, 4 horas, día completo (8 horas), o de Lunes a Viernes (consultar disponibilidad). El horario es de10:00 to 19:00.

4º - PAGO

El arrendatario abonará al arrendador en concepto de alquiler la cantidad estipulada, los gastos de gasolina son por cuenta del arrendatario debiendo devolver el vehículo con el MISMO depósito que en el momento del alquiler. Así mismo, se establece una cantidad de 200€ como prestación de fianza, que deposita en este acto el arrendatario para el caso de que a la devolución de la citada moto acuática esta tuviera algún desperfecto o falta de combustible. En caso de que la parte arrendataria incumpla la obligación del pago, la parte arrendadora podrá rescindir unilateralmente el contrato notificando su voluntad al arrendatario sin necesidad de previo aviso, pudiendo reclamarle los gastos e intereses derivados de la reclamación de dicho impago

5º - ENTREGA

El Arrendador entregará al arrendatario la moto acuática en perfecto estado mecánico, y revisará en presencia del arrendatario los elementos externos a fin de encontrar posibles arañazos o golpes que esta pudiese tener. Estos se marcarán en la hoja de entrega y no podrán ser reclamados al arrendatario en la devolución. El arrendatario acepta hacerse responsable de cualquier otro daño que presente la moto acuática en el momento de la devolución, tanto si este se ha producido durante la conducción, como durante el estacionamiento. En el acto de entrega, el arrendador explicará el funcionamiento de la moto acuática, y responderá a las preguntas del arrendatario sobre su manejo. El arrendatario afirma haber comprendido perfectamente las explicaciones del arrendador, y entender el funcionamiento de la moto acuática.

6º - DEVOLUCIÓN

El arrendatario devolverá la moto acuática junto con los accesorios, (llave, chalecos, cabos, etc..) en la fecha y hora indicada por el arrendador en la misma dirección donde se realizó la entrega, en las mismas condiciones en las que la recibió, salvo el normal desgaste del correcto uso de la moto acuática.

7º - CONDICIONES DEL CONDUCTOR

El arrendatario, como conductor de la moto acuática, afirma tener la edad requerida por el arrendador para conducir la moto acuática alquilada, así como la experiencia suficiente para conducirla. En este sentido afirma tener un permiso de conducir, valido en España, para conducir esta moto acuática, se reputarán únicamente como permisos de conducir validos en España los siguientes:

  • Los expedidos de conformidad con la legislación española en vigor
  • Los expedidos por los Estados miembros de la Unión Europea
  • Los expedidos con carácter internacional por terceros países que estén reconocidos en España

8º - USO INADECUADO DE LA MOTO ACUÁTICA

Se considerará mal uso de la moto acuática cualquier acción que contravenga la normativa de tráfico, las especificaciones del fabricante de la moto acuática, y las indicaciones del arrendador. Los desgastes anormales, comprobados por el arrendador, de las piezas mecánicas de la moto acuática, especialmente neumáticos, serán considerados mal uso de la moto acuática y serán cargados al arrendatario.

9º - ÁMBITO DE CIRCULACIÓN

El arrendatario se compromete a no conducir la moto acuática fuera de los límites de La región de Murcia.

10º - OBLIGACIONES DEL CONDUCTOR

El arrendatario, conductor de la moto acuática, se compromete a cumplir con todas las leyes, reglamentos, ordenanzas o reglas sobre navegación, de las administraciones españolas, y especialmente las regulaciones específicas relativas al uso y conducción de la moto acuática. Así mismo el arrendatario se compromete a vigilar los niveles de aceite, líquidos hidráulicos, refrigerante tal y como le haya indicado el arrendador, y a informar a este de cualquier anomalía mecánica inmediatamente que ésta sea constatada. La falta de control de estos aspectos podría dar lugar a graves averías o desgastes que serán por cuenta del arrendatario si este incumple su obligación.

El arrendatario no podrá realizar ningún tipo de intervención, modificación, manipulación, reparación o sustitución de ninguna parte o accesorio de la moto acuática sin la aprobación expresa y previa del arrendador, el incumplimiento por parte del arrendatario dará lugar a abonar este los gastos de reacondicionamiento de la moto acuática a su estado original y abonar una cantidad en concepto de indemnización por inmovilización de la moto acuática. El arrendatario se compromete a mantener la moto acuática con los cierres de seguridad que le haya facilitado el arrendador mientras esta se encuentre sin vigilancia por parte del arrendatario. Especialmente importante es la advertencia que el arrendador hace en este acto de solo repostar gasolina sin plomo.

11º - EN CASO DE ACCIDENTE

Si el arrendatario se viese envuelto en cualquier tipo de accidente o siniestro, lo notificará inmediatamente al arrendador. El arrendatario comprende que la moto acuática no será reemplazada y el contrato será automáticamente cancelado sin que el arrendatario tenga derecho a ningún reembolso ni indemnización, salvo en situaciones en que la causa del accidente se deba a la culpa de otra embarcación o ajena a su voluntad, así reconocido en el correspondiente atestado de la autoridad competente.

12º - DAÑOS EN LA MOTO ACUÁTICA

El arrendatario se compromete a cubrir con la fianza depositada cualquier tipo de daño que se produzca en la moto acuática durante el periodo de alquiler, tanto en circulación como en estacionamiento. El arrendador podrá retener la parte de la fianza que estime oportuna para cubrir la reparación. Una vez concluida esta, presentará la factura correspondiente al arrendatario, liquidando la parte de la fianza sobrante, si la hubiera. En caso de que la reparación sea superior a la fianza, el arrendatario cubrirá el resto, en cuyo caso será el arrendatario el único responsable, y el arrendador podrá ejercer las acciones judiciales, civiles o penales que considere oportunas.

13º - PÉRDIDA O ROBO DE LA MOTO ACUATICA

Al igual que en caso de accidente, en caso de robo o pérdida total o parcial de la moto acuática, el arrendatario se compromete a notificar de manera inmediata este hecho al arrendador y prestar completa colaboración con el arrendador y con la compañía aseguradora en la investigación y defensa de cualquier investigación o proceso. Si la moto acuática es robada o perdida por negligencia del arrendatario, este será responsable, y pagará al arrendador el valor de mercado, en función de las tablas del ministerio de Hacienda, sin que eso suponga una renuncia por parte del arrendador de ejecutar las acciones judiciales civiles y/o penales que considere oportunas contra el arrendatario. El contrato de alquiler se dará por cancelado, sin que el arrendatario tenga derecho a reembolso alguno. En el caso de que el robo se produjese sobre alguno de los accesorios o partes de la moto acuática, el arrendatario será responsable del robo e indemnizará al arrendador por el precio oficial de tarifa del fabricante de la pieza o accesorio robado más el coste de la mano de obra facturada por el taller que corresponda.

14º - DAÑOS DE LOS OCUPANTES Y DE SUS BIENES

El arrendatario y su ocupante eximen al arrendador de toda responsabilidad por cualquier daño que puedan sufrir, tanto físico como material derivados del uso normal o anormal de la moto acuática arrendada.

15º - GASTOS

Los gastos derivados del combustible, averías, reparaciones etc., correrán a cuenta del arrendatario, siempre que estos se hayan ocasionado por el uso de la moto acuática, debido a su uso.

16º - MULTAS Y OTROS CARGOS

El arrendatario se compromete a pagar todas las multas por cualquier infracción a la legislación vigente y aplicable, especialmente la relativa al código de navegación y normativa que le sean impuestas, así como los gastos derivados de la retirada de la moto acuática, por parte de los agentes de la autoridad. En caso de multas que requieran la identificación del conductor, el arrendador notificará, a las autoridades competentes, exclusivamente la identidad del arrendatario.

17º - PÉRDIDA DE LLAVES

La pérdida de las llaves de la moto acuática será cargada sobre la fianza depositada por el arrendatario en la cantidad del COSTE DE LA LLAVE DEL FABRICANTE MAS CIEN EUROS, por los gastos ocasionados al arrendador.

COURTS' TERRITORIAL JURISDICTION

Para cualquier litigio que surja entre las partes de la interpretación o cumplimiento del presente contrato, estas, con expresa renuncia al fuero que pudiera corresponderles, se someterán a los Juzgados y Tribunales de Cartagena.